PRACTICO
4 - PARTE 2:
Copyright, Copyleft y Creative Commons, la jungla de los derechos de autor
El
tema que por estos días está muy en el tapete es el derecho de
autor, pero esto no fue siempre así, por el contrario en la
antigüedad no existía.
Copyright:
Es
la licencia más restrictiva, los autores pueden listar las
condiciones que desea para sus obras.
Copyleft:
Es
lo opuesto a Copyright, las obras de un autor pueden ser modificadas,
copiadas y además puede ser utilizada con fines comerciales.
Creative Commons:
Es una corporación sin fines de lucro orientada a darle al autor el poder de decidir los límites de uso y explotación de su trabajo en Internet.
INFORMACIÓN:
Esta
semana, el día 26 de mayo se acordó con la Federación de
Estudiantes Universitarios (FEUU), la Cámara Uruguaya del Libro y
la Asociación de Autores del Uruguay (Agadu), modificar y restringir
la ley aprobada por el Parlamento respecto a los derechos de autor.
Lay
ley establecía que “es lícita la reproducción por cualquier
medio, de una obra o presentación protegida, ordenada y obtenida por
una persona física, en un solo ejemplar para su uso personal, y sin
fines de lucro, no requiriendo autorización del autor o titular”.
A
partir de ahora en el acuerdo se modifica e incluye la posibilidad de
fotocopiar obras utilizadas con fines educativos y materiales de
estudio.
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